Maltrato infantil y La explotación infantil

Maltrato infantil

Se denomina maltrato infantil o abuso infantil1 a cualquier acción (física, sexual o emocional) u omisión no accidental en el trato hacia un menor, por parte de sus padres o cuidadores, que le ocasiona daño físico o psicológico y que amenaza su desarrollo tanto físico como psicológico.2
Se distinguen cinco tipos básicos de maltrato infantil:3
·         el abuso físico,
·         el abuso sexual,
·         el maltrato emocional,
·         el abandono físico,
·         el abandono emocional.

La definición de maltrato implica una valoración social en relación a lo que es peligroso o inadecuado para el niño. Y aquí reside precisamente la gran dificultad para definirlo, ya que hay una falta de consenso social respecto a lo que constituyen formas de crianza peligrosas e inaceptables. Resulta difícil establecer la raya de separación entre lo que es un maltrato y lo que no lo es (...)4
La definición de «maltrato» debe, además, tomar en cuenta, al menos, tres criterios: en primer lugar, la consideración de una acción u omisión como «maltrato» depende, en muchos casos, de la edad del niño; en segundo lugar, la situación psico-fisiológica del menor puede condicionar las consecuencias de la acción u omisión ejercidas sobre él, lo que puede conllevar una relativización de su consideración como maltrato; y, en tercer lugar, hay que tener también en cuenta que no necesariamente todos los actos de maltrato tienen por qué dejar secuelas inmediatas y visibles en el menor; esto es especialmente relevante por cuanto las consecuencias importantes de los casos de maltrato infantil no suelen ser las físicas, sino las que afectan al desarrollo del menor a medio y largo plazo.
El abuso infantil ha sido un conflicto que ha persistido desde los pueblos y civilizaciones de la antigüedad donde utilizaban a los niños para realizar sacrificios y rituales. Sin embargo, según este texto, no hace tanto tiempo que la sociedad obtuvo control sobre el abuso en los menores de edad. En los Estados Unidos se creó una organización la cual, se dedicó ayudar a niños desamparados y la misma fue conocida como “Child Welfare Movement”(Movimiento Bienestar de la Infancia). Además surgieron otras organizaciones contra el maltrato infantil tal como la Sociedad Neoyorquina para la Reforma de los Delincuentes Juveniles en 1825, cuyo propósitos fue ayudar a niños maltratados y abandonados por sus padres o familiares. Años más tarde se fundó en el estado de Nueva York la “Society for Prevention of Cruelty of Children” la cual, surgió como fuente de inspiración para desarrollar otras organizaciones contra el abuso infantil en los Estados Unidos y Europa. Aunque, según el texto, en 1874 fue la primera vez que se ganó un caso referido al abuso o maltrato de infantil cuando una menor de nueve años nativa del estado de Nueva York fue sometida a abuso físico. Una trabajadora de caridad ayudó a la criatura y la misma se acudió a la Sociedad Americana para la Prevención de crueldad de los animales donde la trabajadora, encargada del caso de la menor expresó lo siguiente: “la menor merecía tanta protección como a un perro común” y con estos testimonios pudieron ganar el caso.5
Con todo, se considera que, en general, los criterios para calibrar una determinada situación como «maltrato» deben fundamentarse en las consecuencias en el menor, tanto en los daños producidos como en las necesidades no atendidas de este. Este se define como los abusos y la desatención de que son objeto los menores de 18 años,e incluye todos los tipos de maltrato físico o psicológico,abuso sexual,desatención,negligencia y explotación comercial o de otro tipo que causen o puedan causar daño a la salud, desarrollo o dignidad del niño.

El maltrato o abuso físico

Se define como «cualquier acción no accidental por parte de los padres o cuidadores que provoque daño físico o enfermedad en el niño o le coloque en grave riesgo de padecerlo».6
Los indicadores típicos del abuso físico en un menor son las magulladuras o moratones en diferentes fases de cicatrización y de forma extendida en diferentes partes del cuerpo; las quemaduras con formas definidas; las fracturas de nariz o mandíbula, o en espiral de los huesos largos; las torceduras o dislocaciones; las heridas o raspaduras en la cara y la parte posterior de las extremidades y torso; señales de mordeduras humanas; cortes o pinchazos; lesiones internas (en el cráneo o cerebro, síntomas de asfixia...).
El  abuso  de  menores  consisten  en  varios  elementos y  se  enfatizan   en  dos  ideas  principales la  cuales  son: la  asimetría  de  edad  y  el abuso  de  poder. La  asimetría  en  edad  se  refiere  en  la  diferencia  de  edad  que  hay  entre  el   agresor  y la  víctima  mientras  que  el  abuso  de  poder  es  un  factor  necesario  para  el  abuso  infantil; ya  que  el  mismo  implica  miedo  y  obtiene  un  rol  dominante  en el  ámbito  social. El  abuso  al  poder  se  obtiene  por  medio  de  las  experiencias  y  la  madurez  del  agresor. Por  esta  razón la  asimetría  de  edad  se  convierte  en  un  factor  en  el maltrato  infantil ; ya que  por  medio de  la  edad  se  pueden  descifrar  los  niveles  de  experiencia, madurez  y  sobre  todo  de  malicia  del  agresor.7 

El abandono o negligencia física y cognitiva

La negligencia se identifica como la falta de proveer las necesidades básicas de un niño por parte de sus padres o personas encargadas.
Se define como aquella situación donde las necesidades físicas (alimentación, vestido, higiene, protección y vigilancia en las situaciones potencialmente peligrosas, educación y/o cuidados médicos) y cognitivas básicas del menor no son atendidas temporal o permanentemente por ningún miembro del grupo que convive con el niño.8
La negligencia puede ser:
·         Física (ej., falta de proporcionar comida o resguardo necesario, o ausencia de supervisión adecuada);
·         Médica (ej., falta de proporcionar tratamiento médico o para la salud mental);
·         Educativa (ej., falta de atención a las necesidades emocionales de un niño, falta de proporcionar cuidado psicológico o permitiendo que el niño use alcohol o drogas).
Estas situaciones no siempre quieren decir que un niño es descuidado. Algunas veces los valores culturales, los estándares de cuidado en la comunidad, y la pobreza pueden ser factores que contribuyen, indicando que la familia necesita información o asistencia. Cuando una familia falla en el uso de información y recursos, y la salud o seguridad del niño está en riesgo,desde entonces la intervención de la institución de protección y bienestar del niño podría ser requerida.9
El maltrato de menores en el seno de las familias es una de las causas contribuyentes a la problemática social que hoy en día se vive, cuyo producto último es el aumento en la incidencia criminal por parte de la juventud. El maltrato destruye el núcleo familiar, al romper los lazos de confianza y amor que son fundamento mismo de ella. El uso de la violencia por parte de sus padres y/o cuidadores la pone en tela de juicio la realidad de amor de los padres hacia los hijos.10
El abuso infantil se puede detectar de diversas formas especialmente cuando los encargados legales del menor dejan de tomar responsabilidades sobre el mismo. Según este artículo, han habido casos severos donde menores de 10 años tienden a cocinarse a ellos mismos porque los padres no han podido traer comida a la casa e incluso han ocurrido situaciones donde el menor permanecen más de 24 horas sin comer. Según esta revista, existen varios tipos de maltrato infantiles tales como, el abuso sexual (donde hay un contacto directo entre el agresor y la víctima), maltrato físico (donde ocurren lesiones y agresiones físicas en contra la víctima, no necesariamente hay abuso sexual), negligencia infantil (donde los padres o encargados legales descartan responsabilidades sobre el niño y al mismo lo abandonan) y el maltrato emocional (donde el agresor cosecha el miedo y la angustia sobre la víctima).11
Un ejemplo de discriminación contra personas con discapacidad fue Cighid, un centro asemejado a un campo de concentración donde niños con discapacidad considerados como "irrecuperables" (en rumano: irecuperabili) murieron por el abandono al que eran sometidos.

Impacto psicológico

Las situaciones de maltrato lo que revelan es una grave disfunción relacional que por lo tanto afectará al normal desenvolvimiento del cumplimiento de tareas del menor. Este fracaso en la ejecución de las metas del menor sería, en sentido amplio, el impacto del maltrato y es lo que se viene a significar cuando en las definiciones de maltrato se señala que éste amenaza el desarrollo de la competencia del niño o el desarrollo físico, psicológico y emocional considerado como normal para el niño.12
El impacto del maltrato o abuso, al ser un fenómeno contextualizado, puede verse amortiguado, según múltiples variables: no sólo las más obvias, relacionadas con el tipo, duración o intensidad del maltrato, sino también con las características de la víctima, los recursos y apoyos que tenga, y las propias situaciones de su evolución vital. Según el artículo (2003). "Basta de indiferencia: maltrato infantil", el abuso infantil es un conflicto del cual, hay muchas polémicas con respecto al niño; ya que el mismo puede tener muchos problemas durante su desarrollo personal.13
Independientemente de las secuelas físicas que desencadena directamente la agresión producida por el abuso físico o sexual, todos los tipos de maltrato infantil dan lugar a trastornos conductuales, emocionales y sociales. La importancia, severidad y cronicidad de las estas secuelas depende de: •Intensidad y frecuencia del maltrato. •Características del niño (edad, sexo, susceptibilidad, temperamento, habilidades sociales, etc). •El uso o no de la violencia física. •Relación del niño con el agresor. •Apoyo intra-familiar a la víctima infantil. •Acceso y competencia de los servicios de ayuda médica, psicológica y social.
En los primeros momentos del desarrollo evolutivo se observan repercusiones negativas en las capacidades relacionales de apego y en la autoestima del niño. Así como pesadillas y problemas del sueño, cambios de hábitos de comida, pérdidas del control de esfínteres, deficiencias psicomotoras, trastornos psicosomáticos.
En escolares y adolescentes encontramos: fugas del hogar, conductas autolesivas, hiperactividad o aislamiento, bajo rendimiento académico, deficiencias intelectuales, fracaso escolar, trastorno disociativo de identidad, delincuencia juvenil, consumo de drogas y alcohol, miedo generalizado, depresión, rechazo al propio cuerpo, culpa y vergüenza, agresividad, problemas de relación interpersonal.
Diversos estudios señalan que el maltrato continúa de una generación a la siguiente. De forma que un niño maltratado tiene alto riesgo de ser perpetuador de maltrato en la etapa adulta.

Aspectos históricos

A lo largo de la historia de la humanidad y en la actualidad, tomando a la humanidad como un todo, puede decirse que lo normal, en el sentido de frecuente, es que los niños no reciban lo que entendemos por «buen trato». La mayoría de los datos históricos que poseemos sobre el respeto de los derechos de los niños por parte de muchas culturas de la antigüedad corroboran esta afirmación.14
La atención jurídica y médica de los menores maltratados empezó a desarrollarse en la segunda mitad del siglo XIX. De manera individual, el médico francés A. Tardieu publicó en 1860 la primera monografía sobre el tema y el también médico estadounidense Silverman demostró con estudios radiológicos las consecuencias no visibles de los maltratos.
El primer proceso judicial que defendió a un menor (una niña) por los malos tratos recibidos por adultos (en su caso, su propia madre), tuvo lugar en 1874 en Estados Unidos. La acusación fue realizada por la Sociedad Protectora de Animales, por cuanto no existía ley alguna que amparase a los menores, aunque sí a los animales en general.
Estas labores pioneras dieron como resultado que antes de que acabase el siglo se creasen dos sociedades pro derechos de los niños: The Society for the Preventión of Cruelty to Children, en Nueva York, y The National Society for the Prevention of Cruelty to Children, en Londres.
La atención a los derechos de los menores es característica de la segunda mitad del siglo 20, que es cuando se les reconoce como sujetos de derechos. En 1959, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Declaración de los Derechos del Niño; y, más tarde, en 1989, esa misma Asamblea adoptó la Convención sobre los Derechos del Niño.
Paralelamente a este interés en el estatus legal, se fue desarrollando la correspondiente atención a la comprensión y prevención del fenómeno.
En 1962 se publicó en Estados Unidos un trabajo científico titulado «Síndrome del niño apaleado» que incentivó de manera definitiva la atención a las víctimas de los malos tratos infantiles, incluyendo con ellos la reformulación de las medidas legislativas y la sensibilización de la opinión pública respecto del problema. En los países europeos más desarrollados, se produjo un fenómenos similar en los años siguientes.
Habiéndose registrado una alta incidencia de querellas de maltrato de niños y un esfuerzo único por este mal fue aprobada en varios estados de Estados Unidos la Ley Número 75 el 28 de mayo de 1980, en la cual se establecía que un menor era víctima de "maltrato o negligencia" cuando sufría daño o perjuicio, o se encontraba en riesgo de sufrir daño o perjuicio en su salud física, mental emocional, o en su bienestar, por las acciones y omisiones no accidentales de sus padres o de otras personas o instituciones responsables de su cuidado. En esta ley se estableció la política pública de protección a menores.15
La atención de los expertos ha ido desde la casi concentración en los malos tratos de tipo físico a la apertura hacia, por un lado, la comprensión de los conceptos de negligencia y de maltrato emocional, y, por otro, el problema de los abusos sexuales. También, ha habido cambios en lo que se refiere a la percepción de los maltratadores (en principio, identificados con personas con problemas psíquicos y/o pertenecientes a contextos socio-económicos muy atrasados; después, asumiendo el perfil variopinto del maltratador infantil) y en la forma de abordar los problemas (en principio, la separación del maltratado de su entorno; después, el intento de rehabilitar ese entorno).

Otro tipo de maltrato infantil, muy poco conocido es el llamado Síndrome de Münchausen por poderes, consiste en inventar una enfermedad en el niño o producirla por la administración de sustancias y medicamentos no prescritos. Generalmente se trata de un niño en la edad de lactante-preescolar (edad media de 3 años). Los signos y síntomas aparecen solamente en presencia de la madre (habitualmente el perpetrador del abuso), son de causa inexplicable y los exámenes complementarios no aclaran el diagnóstico. Este síndrome presenta una mortalidad entre 10-20%, y su impacto a largo plazo puede dar lugar a desórdenes psicológicos, emocionales y conductuales

Los derechos del niño 
son un conjunto de normas de derecho internacional que protegen a las personas hasta determinada edad. Todos y cada uno de los derechos de la infancia son inalienables e irrenunciables, por lo que ninguna persona puede vulnerarlos o desconocerlos bajo ninguna circunstancia. Varios documentos consagran los derechos de la infancia en el ámbito internacional, entre ellos la Declaración de los Derechos del Niñoy la Convención sobre los Derechos del Niño.

Historia

En Estados Unidos de América, los movimientos por los derechos del niño surgieron durante el siglo XIX con el Orphan Train (un experimento social que buscaba fomentar el transporte de niños de las grandes ciudades de este como Nueva York y Boston hacia el oeste, para crear casas por todo el país). En las grandes ciudades, cuando los padres de niños morían o eran extremadamente pobres, el niño se veía obligado a trabajar para mantenerse o mantener a su familia. Los niños se convertían en trabajadores en fabricas y minas de carbón, las niñas se convertían en prostitutas o chicas de salón o terminaban en talleres de trabajo esclavo. Todos estos trabajos solo pagaban los gastos de alimentación.
La idea de crear los derechos del niño circuló en algunos medios intelectuales durante el siglo XIX. Un ejemplo de ello fue la referencia que hizo el escritor francés Jules Vallés en su obra El niño (1879), y más claramente la reflexión sobre los derechos del niño que realizó Kate D. Wiggin en "Children's Rights"(1892). Se llevó a cabo por iniciativa de la UNICEF el 20 de noviembre de 1959.
En este ambiente receptivo, en las dos primeras décadas del siglo XX circularon varias declaraciones de los derechos del niño, a veces en forma literaria o bien como resoluciones de organizaciones científicas y pedagógicas.
La primera declaración de derechos del niño, de carácter sistemática, fue la Declaración de Ginebra el 26 de diciembre de 1924, redactada porEglantyne Jebb fundadora de Save the Children.
Las Naciones Unidas aprobaron en 1948 la Declaración Universal de los Derechos Humanos que, implícitamente, incluía los derechos del niño, sin embargo, posteriormente se llegó al convencimiento que las particulares necesidades de los niños y niñas debían estar especialmente enunciados antes había decidido que el Fondo Internacional de Emergencia de las Naciones Unidas para los niños (UNICEF) continuara sus labores como organismo especializado y permanente para la protección de la infancia (denominándolo oficialmente Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia).
A partir de 1975, con ocasión del Año Internacional del Niño, se comenzó a discutir una nueva declaración de derechos del niño, fundada en nuevos principios. A consecuencias de este debate, en 1989 se firmó en la ONU la Convención sobre los Derechos del Niño y dos protocolos facultativos que la desarrollan, actualizados en 20001 :
·         Proporcionar a la infancia protección jurídica contra las peores formas de explotación
·         Utilizar los protocolos facultativos para aumentar los instrumentos de derechos humanos:

Derechos del niño

A partir de la promulgación de la Convención de 1989 se ha ido adecuando la legislación interna a los principios contemplados en la Declaración. Aunque la legislación y el sistema jurídico de cada país suele ser diferente, 193 países2 han ido consagrando medidas especiales para su protección, a nivel legislativo e incluso derechos constitucionales. Entre los Derechos del niño destacan los cuatro principios fundamentales:
·         La no discriminación: todos los niños tienen los mismos derechos
·         El interés superior del niño: cualquier decisión, ley, o política que pueda afectar a la infancia tiene que tener en cuenta qué es lo mejor para el niño.
·         El derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo: todos los niños y niñas tienen derecho a vivir y a tener un desarrollo adecuado.
·         La participación: los menores de edad tienen derecho a ser consultados sobre las situaciones que les afecten y a que sus opiniones sean tenidas en cuenta.
La Convención sobre los derechos del niño recoge 54 artículos.

Convención sobre los derechos del niño

Las Naciones Unidas en la Convención sobre los Derechos del Niño ha indicado los estándares precedentes a los derechos del niño y estos han sido ratificados por todos los países menos losEstados Unidos y Somalía.3 La inestabilidad de Somalía a firmar la Convención es un atributo de su falta de estructura gubernamental. La administración de EEUU bajo el gobierno de George W. Bush se opuso a ratificar la Convención y las condiciones legales porque "crean conflicto con las políticas de Estados Unidos en el rol de los padres, soberanía, estado y leyes locales".4 Sin embargo, la nueva administración busca revertir esta oposición a la ratificación. Y también el Protocolo opcional en la participación de niños en conflictos armados en contra del uso militar de niños y el protocolo opcional en la venta de niños, prostitución y pornografía infantil en contra de tráfico de niños, prostitución infantil y pornografía infantil.

 La explotación infantil es la utilización, para fines económicos o de otra índole, de menores de edad por parte de adultos y que afecta, como consecuencia, el desarrollo personal y emocional de los menores y el disfrute de sus derechos.

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